jueves, 10 de febrero de 2011

UTILIDAD DEL DERECHO ROMANO

Utilidad de conocer el Derecho Romano

Derecho Romano. Es el conjunto de principiosde derecho que rigió la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, hasta la muerte del emperador justiniano. El estudio del derecho romano no ha cesado ni siquiera luego de que fueran adoptados los códigos napoleónicos por nuestro sistema legal, aunque pareciera innecesario el estudio de estas leyes ya caducas, los jurisconsultos, tratadistas, abogados y estudiantes; y por la necesidad que tenemos de conocer la historia de la fuente principal del derecho que nos ocupa, por esto debemos estudiar el derecho romano.

1.3. Motivos para estudiar la legislación romana:

a) Por utilidad histórica; El derecho francés, tiene dos orígenes; el Derecho romano y la costumbre, del derecho romano fueron extraídas grandes partes del código civil, y sin un conocimiento previo de este derecho, no puede un abogado o jurisconsulto emplearse a fondo, sin ser mas que un practico, y, nunca llegando así a elevar su oficio a los niveles de ciencia y arte.

b) El derecho romano debe ser estudiado como un modelo; sus Jurisconsultos se distinguieron por una lógica notable y una gran firmeza de análisis y de deducción. El derecho romano es un poderoso auxiliar para el estudio del derecho que nos ocupa, este constituye el fondo de la mayoría de las legislaciones de América y Europa; Alemania tiene como fuentes de su derecho al derecho germánico y al derecho romano; España, el derecho romano y el canónico e Italia al derecho romano.

C) El derecho romano es indispensable para el estudio de la historia y la literatura romanas. Los ciudadanos comunes el Roma tenían conocimiento del derecho, para estudiar la historia romana es necesario conocer su derecho, pues, los textos traducidos son difíciles de comprender, porque se hayan impregnados de la esencia del derecho romano.

ETAPAS DEL DERECHO ROMANO

INTRODUCCION
Jorge Honoret Reinoso.


Se le llama Derecho Romanoa la etapa del derecho que comienza con la fundación de la ciudad de Roma en las colinas del Tiber, por las etnias de los Latinos, los Sabinos y los Etruscos; y que culmina con la muerte del Emperador Justiniano, en los últimos días del llamado Bajo Imperio.

El primer período comprende, desde la fundación de Roma hasta la promulgación de la leyde las doce tablas, el segundo período comienza desde la promulgación de estas tablas hasta el final de la República, el tercer período comienza con el advenimiento del imperio hasta el reinado de Alejandro Severo y el cuarto y último período termina con la caída del imperio a la muerte del emperador Justiniano.

El propósito del estudio del derecho romano es el de dotar a los jurisconsultos, tratadistas, abogados y estudiantes de leyes de una estructura histórica que les ayude a entender la fuente de donde nacieron las leyes y la jurisprudencia que rigen a la mayoría de los países de Europa y de América; la cual es una de las fuentes del derecho francés; de donde emana el derecho que hoy aplicamos.

La historia del derecho romano se puede dividir en cuatro períodos diferentes de acuerdo a los cambios políticos que registró la historia de Roma; estas etapas son:

1ra. De la fundación de Roma a la ley de las XII tablas, (1 al 304 de Roma)

2da. Dela ley de las XII tablas al fin de la república, (304 al 723 de Roma)

3ra. Del advenimiento del imperio a la muerte de Alejandro Severo, (723 al 988 de Roma, o 235 de la era cristiana)

4ta. De la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano (225 a 565 de la era cristiana)

En su primera etapa el derecho romano estaba todavía en su infancia, solo comprendía las costumbres de los pueblos de la península itálica que fundaron la ciudad de Roma.

En el período segundo, gracias a la interpretación de los Pontífices y de los Jurisconsultos romanos, el derecho romano tomó carácter nacional.

El tercer período esta significado por el apogeo del derecho romano, gracias a la mayor permanencia de esta etapa de la vida de Roma, y cuando, por contacto con otras legislaciones extranjeras, y estudiado y aplicado en la práctica por brillantes ingenios de la Jurisprudencia, alcanzó su mayor grado de perfección.

Es en el cuarto y último período, en los tiempos del Bajo Imperio cuando empezó su real decadencia, aunque es en este período cuando comenzó su codificación.

LA MONARQUIA EN ROMA

LA MONARQUÍA ROMANA

LA SOCIEDAD: La sociedad se integraba con una clase alta o nobleza, que estaba constituida por los patricios, que detentaban todos los privilegios; y una clase baja, la plebe, compuesta por los extranjeros y vecinos, que carecían de derechos y no tenían ninguna participación en el gobierno. Los plebeyos podían incorporarse a una familia de patricios, en calidad de protegidos o clientes, con lo cual lograban mayor seguridad. Patricios y clientes reunidos, formaban lo que se llamaba la gens.

Además se encontraban los esclavos, que eran los prisioneros de guerra y los plebeyos deudores, a los cuales no se los consideraba como personas sino como cosas. Los que lograban su liberación mediante un pago, se convertían en clientes.

Dentro de la organización social, la familia ocupaba un lugar sobresaliente y constituía la institución más sólida del estado. Estaba integrada por todos los que rendían culto al mismo antepasado, es decir, no sólo, el padre, la madre y los hijos, sino también los clientes y los esclavos.

De acuerdo con el principio de la patria potestad, el padre ejercía la máxima autoridad sobre la familia, no obstante lo cual, la mujer gozaba de consideración y respeto, aunque no participaba de la vida política.

El matrimonio tenía carácter religioso y era indisoluble, lo que aseguraba la solidez de la sociedad romana. Con la corrupción de las costumbres durante la republica se introdujo el divorcio, que contribuyó a la decadencia y la disolución de la sociedad.

Las Clases Sociales en Roma Monárquica:

Patricios: Formaban la aristocracia romana, el sector dirigente y privilegiado. Los únicos considerados como “ciudadanos romanos, con derecho a votar, ocupar los cargos políticos y religiosos. Además eran el sector más rico, dueño de las grandes extensiones de tierra.

Se consideraban descendientes de los fundadores de Roma y estaban organizados en un consolidado sistema familiar. Las familias patricias se agrupaban en gens: integradas por los descendientes de un mismo genio, semidios, al que veneraban. Las gens se agrupaban de a diez y formaban una curia, congregación religiosa de las familias. Con el tiempo, las curias se convirtieron en instituciones políticas, las votaciones se realizaban por medio de ellas (cada familia votaba dentro de la curia a la que pertenecía). El nombre de patricios deriva de patris (padre), y alude a los jefes de las gens.

Clientes: Eran personas que no pertenecían a ninguna gens, extranjeros o refugiados pobres, que se ponían balo la protección de un patricio. Este les brindaba ayuda económica, los defendía ante la lusticia y les permitía participar de las ceremonias religiosas. A cambio, el cliente lo acompañaba en la guerra y lo ayudaba en algunos trabajos, o en todo lo que se le solicitase. Las familias patricias se enorgullecían de tener clientela importante o numerosa.

Plebeyos: A medida que la ciudad romana crecía, apareció un elemento social nuevo: la plebe. La integraban los extranjeros, los refugiados y los clientes que se habían enemistado con sus patronos. Se los consideraba hombres libres, pero no ciudadanos, por lo tanto se hallaban excluidos de la vida política y también religiosa (no participaban del culto oficial). Antes de las reformas de Servio Tulio, tampoco podían integrar el ejército. Les estaba prohibido contraer matrimonio con los integrantes del patriciado.

Esclavos: Se encontraban en la escala inferior de la sociedad. Se dedicaban a las tareas serviles y no tenían ningún derecho. En los primeros tiempos de Roma formaban un grupo poco numeroso, que se fue incrementando con el desarrollo de las conquistas y la expansión romana.

EL GOBIERNO: El gobierno solamente podía ser ejercido por los patricios, (imagen: patricio romano) que eran los descendientes de los fundadores o padres de la ciudad. Los patricios constituían una aristocracia, integrada por un grupo reducido de familias, cuyos jefes formaban parte del Senado, que era la institución más importante de Roma. Era presidido por el rey y a su muerte ejercía transitoriamente el poder hasta que elegía a su sucesor.

Además, existía la Asamblea del Pueblo o Comicios por curias, que era convocada por el rey para reunirse al pie del Capitolio. Allí se concentraban las treinta curias que agrupaban a los patricios y clientes de una misma zona.

La autoridad suprema era ejercida por el rey que era, a la vez, jefe militar, sumo sacerdote y juez supremo. Sin embargo, la monarquía era electiva y su poder estuvo limitado por el Senado y La Asamblea del Pueblo

Organización Política:
La Realeza: El rey elegido por la Asamblea, duraba en su cargo de por vida. A su muerte el poder volvía al estado. El Senado designaba a un rey interino, mientras se elegía un sucesor.

El Senado: lo integraban los jefes de la familias patricias. Sus funciones en esa época eran esencialmente consultivas: asesor al rey en sus actividades.

La Asamblea o Comicios por Curias: Formada exclusivamente por los ciudadanos, sus funciones eran variadas , desde las legislativas (votar leyes, declarar la guerra) y las judiciales hasta la elección de los reyes. Cada familia votaba dentro de su curia.

LA ECONOMIA: La economía se basaba en la explotación de la tierra, por lo cual la mayoría de la población era de campesinos. Las familias de mayor fortuna poseían grandes rebaños de bueyes y carneros.

Como medio de cambio se utilizó el ganado, pecus, en latín, de lo que derivó la palabra pecunia, que significa dinero. En los primeros tiempos la economía estuvo limitada a estas manifestaciones porque la vida de los romanos era primitiva y sencilla. Recién con el proceso de expansión y conquista, estas características cambiaron para dar lugar al lujo y los placeres. Roma se convirtió entonces en un parásito del Imperio.

Roma contó con algunas riquezas minerales: las salinas en la desembocadura del Tiber y minas de oro y de plata. Estos recursos ayudaron mucho para que desde su comienzos tuviera una actividad comercial importante.

Los hombres de la ciudad se dedicaban a las artesanías, carpinteros, herreros, y algunos también abastecía al pueblo de alimentos y útiles necesarios para la vida diaria, como carniceros, panaderos, tenderos.

LA MUJER EN ROMA

En Roma, en los primeros tiempos, el pater familias tenía un completo control sobre su esposa y su familia, pero en general la ley romana concedía a la mujer más derechos que la griega. No vivían recluidas en casa y comían con sus esposos; eran libres para abandonar la casa y visitar no sólo tiendas, sino también lugares públicos como teatros y juzgados. Muchas mujeres romanas de clase elevada eran influyentes y tomaban parte activa en los asuntos sobre los que se discutía en sus casas.

La mujer romana se casaba generalmente entre los trece y los diecisiete años. Una vez dentro de su casa, la mujer ocupaba una posición bastante independiente, sobre todo en época imperial, cuando se consideró a la mujer como propietaria de los bienes que ella había aportado al matrimonio. Así era lógico que las mujeres empuñasen con frecuencia las riendas de la casa, mandando en ellas más que el marido e incluso sobre él.

La posición independiente que la mujer ocupaba en Roma bajo el Imperio llevaba aparejada una fuerte tentación que la empujaba a veces a romper las trabas impuestas a su sexo. Aunque no llegarían a hacerse frecuentes los casos de mujeres que participaban en torneos gimnásticos o que peleasen como gladiadores, sí fueron más frecuentes los casos de mujeres interesadas por la marcha de los asuntos del mundo y que tomaban parte activa de ellos.

LOS hOMBRES LIBRES EN ROMA

El ordo equester integró una rica burguesía dedicada a las actividades económicas y judiciales. Como los senadores no podían dedicarse al comercio ni a los negocios, los caballeros se dedicaron al comercio a gran escala, al cobro de impuestos públicos, a contratistas de obras públicas, etc.

Otra categoría dentro de los hombres libres la constituían los llamados clientes. Se trataba de ciudadanos libres que voluntariamente se ponían bajo la protección de una persona rica (patronus –patrón-). En los primeros tiempos, la clientela había supuesto una relación íntima y casi sagrada entre patrón y cliente, pero se convirtió durante el imperio en una relación de alquiler: el cliente pasó a ser una figura decorativa, mal pagada y peor tratada, en el séquito de su señor. En el siglo II d. C. hay unos 150.000 clientes en Roma, procedentes de los proletarios[2].

La inmensa mayoría de la población de Roma puede ser englobada bajo el nombre de tercer estado (plebeyos pobres), y en ella predominaba con mucho, sin duda alguna, el proletariado, cuya existencia giraba en torno al lema panem et circenses. Pero al lado de esta pobreza, había entre las gentes de humilde condición quienes disfrutaban de bienestar y de riqueza.

Los esclavos eran sólo cosas, no seres humanos. El poder de sus amos sobre ellos era ilimitado, pudiendo incluso darles muerte, si bien en la época de la república su situación se hace más humana. El esclavo carece de bienes personales y no puede contraer matrimonio legal; podían elegir una compañera de esclavitud para celebrar con ella un matrimonio entre esclavos (contubernium). Los esclavos trabajaron en obras públicas, minas, canteras, explotaciones rurales, etc. Al lado de los servi privati estaban también los servi publici, propiedad del estado, que estaban empleados en los servicios públicos, como personal de bomberos, aguas, remeros, ayudantes de sacerdotes y magistrados, etc.

Los esclavos podían recuperar su libertad (manumisión), bien como recompensa a una buena conducta bien porque el propio esclavo se la compraba a su amo. El esclavo manumitido se denominaba liberto, que goza de derechos limitados y continúa debiendo a su antiguo dueño respeto y fidelidad.

Las actividades comerciales, como también las artesanales, estaban en su mayor parte en manos de esclavos y libertos, porque los hombres libres, aunque fuesen pobres, consideraban estas profesiones como indignas de ellos.

LA SOCIEDAD ROMANA: DERECHOS CIVILES Y POLITICOS

La población romana está constituida por dos grandes bloques humanos: hombres libres y esclavos. Los hombres libres pueden ser ciudadanos (cives) o extranjeros (peregrini). A estos últimos se les permite residir en Roma, pero carecen de derechos políticos. Los ciudadanos poseen la civitas o ciudadanía, cuyos elementos son:

Derechos políticos
Ius suffragii: derecho de sufragio activo, es decir, derecho a emitir su voto en cuestiones relativas al Estado.
Ius honorum: derecho a ser elegido para ocupar cargos públicos.
Ius provocationis ad populum: derecho de apelar, ante la asamblea del pueblo, contra la sentencia de azotes o muerte dictada por un magistrado.



Derechos civiles
Ius connubii: derecho a contraer matrimonio válido según las leyes romanas.
Ius commercii: derecho a la propiedad y al comercio.
Ius (legis) actionis: posibilidad de hacer valer sus derechos frente a la ley.

Estos derechos pueden adquirirse por nacimiento, por manumisión, por ley o por concesión especial del Estado; asimismo, pueden perderse total o parcialmente.

Los ciudadanos se dividían, en un principio, en patricios y plebeyos. Los patricios eran los descendientes de los primitivos romanos, y constituyen la aristocracia de la sangre. Los plebeyos forman la mayoría de la población en Roma, y proceden sobre todo de los pueblos sometidos y de la inmigración; esta masa está separada de los patricios por carecer del ius connubii, pero va conquistando poco a poco, tras largas y tenaces luchas, la igualdad de derechos cívicos, sobre todo debido a la necesidad de su cooperación en el terreno militar.

Tras la expulsión de los reyes (509 a. C.), comienzan las luchas sociales entre patricios y plebeyos, con la exigencia de éstos del reconocimiento de sus derechos políticos y civiles. A partir del 302 a. C. la plebe consigue el acceso a todas las magistraturas.

Al equipararse políticamente patricios y plebeyos, la antigua nobleza de sangre pierde gradualmente su importancia y deja paso a la nobleza de los cargos públicos (ordo senatorius –orden senatorial-) y a la nobleza del dinero (ordo equester –clase de los caballeros-). El ordo senatorius o nobilitas (acceso al Senado), creado por Augusto como categoría jurídica cerrada y carácter hereditario, está constituido tanto por patricios como por plebeyos, cuyos antepasados habían desempeñado una magistratura del cursus honorum (cuestor, edil, pretor o cónsul). El plebeyo que conseguía llegar a edil curul[1] se convertía en homo novus, y fundaba la nobilitas de su familia. Esta clase senatorial denominaba a sus miembros optimates y boni cives, y representa la primera clase de la sociedad.

significados del IUS

"La palabra Ius se emplea en varias acepciones: una, cuando se llama Ius a lo que siempre es justo y bueno, como es el derecho natural; otra acepción, lo qu en cada ciudad es útil para todos o para muchos, como es el derecho civil; y no con menos razón se llama Ius, en nuestra ciudad, al derecho honorario. Se dice también que el Pretor aplica el Ius incluso cuando decide injustamente, refiriéndose, claro está, no a lo que el Pretor hizo, sino a lo que el Pretor debería hacer. Se llama Ius, en otro sentido, al lugar en el que el Pretor aplica el Ius, dándose la denominación de lo que se hace al lugar de esta manera: el lugar donde el Pretor, conforme a la majestad de su imperio y a la costumbre de los antepasados, determina declarar el Ius se llama, con razón, Ius." Paulo[2] .
Ius es el equivalente latino de nuestro vocablo "derecho". En un primer lugar ius significa el conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (derecho objetivo).

El derecho y la religión en la Roma antigua se desarrollan de modo contemporáneo y paralelo. Hay un carácter religioso en la organización romana. El monarca, más que un jefe político es autoridad religiosa.

El logro de la finalidad jurídica irá unido a la realización de las solemnidades prescriptas, indicadas por los pontífices, del mismo modo que la ceremonia sagrada se encamina a lograr el favor de los dioses.

Ius para algunos sería lo que liga, ata y vincula a las personas entre sí; de esta posición deriva la que resalta la idea de lo que está unido por estar circunscrito, por tener forma circular, es decir, lo establecido por un tribunal o asamblea y que, como consecuencia, une, vincula. Otra opinión afirma que ius provendría de iouis, de donde la fuente que emana el ius es la divinidad.

Ius se muestra como la pretensión que alguien puede tener respecto de algo o de alguien con relación a los demás.

Lo jurídico siempre importa una relación con el otro, de tal forma que quien posee el ius está en la situación óptima, que siempre lo es respecto a la situación de otro u otros. También el ius se muestra como el restablecimiento, a partir de su vulneración, del derecho que me corresponde a través de la tarea del órgano adecuado.

Ius es entonces el estado óptimo que se alcanza con relación a otro y al que se llega por el cumplimiento de los ritos necesarios.

En una primera etapa el cumplir con los ritos determinaba la licitud del acto y definía al IUS. Autores latinos usan a menudo ritus y mos, es decir rito y costumbre. Aparece de este modo la relación entre el rito y las mores maiorum, fuente del derecho de la época arcaica. Además ius designa a la solemnidad misma, que indica la situación iusta en las relaciones entre particulares.

También se utilizaba la expresión ex iure quiritium, que debe interpretarse como la plenitud de una determinada situación jurídica atribuida por el Ius, a la que se llegaba utilizando el rito apropiado y eficaz a la misma. Otra acepción nos lleva a la designación del lugar donde se administra justicia: así la in ius vocatio (convocatoria ante la justicia) ya aparece en el texto decenviral[3] .

Ante la controversia traída por las partes, el Pretor deberá señalar cuál resulta la conforme al IUS (iusta) y cuál la contraria (iniusta).

Será a partir del ius que el magistrado extraerá la regla (regula) en base a la cual dirimiría el litigio (litis).